La empresa quiere ampliar la jornada de un trabajador de forma puntual. Si la empresa se lo propone y él está de acuerdo, ¿es válido lo que propone la empresa?
Según el artículo 12.4 e) del Estatuto de los Trabajadores, cualquier modificación de la jornada laboral, ya sea para ampliarla o reducirla, debe realizarse mediante un acuerdo entre el trabajador y la empresa. Esto implica que no puede ser una decisión unilateral por parte del empleador. Además, la jurisprudencia ha establecido que tales modificaciones deben ser voluntarias y acordadas por ambas partes, como se refleja en varias sentencias que destacan la importancia del consentimiento mutuo para cambios en las condiciones laborales.
Por lo tanto, si el trabajador acepta la propuesta de la empresa, la ampliación de la jornada es válida.