Una empresa que ha entrado en concurso de acreedores, ¿debe pagar y cotizar por los atrasos pendientes?

13/06/2023
Una empresa solicitó a finales de 2022 un concurso voluntario. Actualmente no tiene trabajadores en plantilla, pero han sido publicadas las tablas de convenio del 2022 actualizadas ¿Debe proceder al cálculo y cotización por dichos atrasos?

Respuesta de LexaGo

Efectivamente, pese a estar en situación de concurso de acreedores, deberá realizar el cálculo y la cotización establecida y presentarla ante la autoridad competente. Esto ha sido confirmado por la TGSS mediante consulta telemática.

Por tanto, deberá proceder al cálculo ya la cotización de los atrasos pendientes, siempre y cuando los trabajadores hayan reclamado dichos atrasos. En caso contrario, es decir, que los trabajadores no reclamen, no deberá proceder a su cálculo y cotización.

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Eduardo Castilla Baiget
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Socio de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
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