Si se publica una revisión salarial del convenio colectivo aplicable en la empresa, ¿un trabajador de baja por IT puede reclamar los atrasos?
Sí, un trabajador en situación de IT puede reclamar atrasos.
Así se desprende de la sentencia del TSJ de Castilla y León, de 25 de octubre de 2006. Asimismo, se deberá comunicar a la Seguridad Social, puesto que, según nos indica la TGSS mediante consulta telemática efectuada, la base de cotización permanecerá inalterable estando en IT salvo cuando se produzcan una elevación de los salarios de los trabajadores en virtud de disposición legal, convenio colectivo o sentencia judicial, que retrotraiga sus efectos económicos a una fecha anterior a la del inicio de esta situación.
Dicha elevación determinará una modificación de la base de cotización aplicable, naciendo la obligación de cotizar por las diferencias salariales lo que dará lugar a un aumento de la base de cotización anterior a la fecha de la baja y a la correspondiente revisión de los subsidios económicos.