Sí, los trabajadores fijos discontinuos pueden realizar horas extraordinarias.
Así lo confirma, entre otras, la sentencia del TSJ de Galicia de 20 de septiembre de 2019.
En los periodos de actividad los trabajadores fijos discontinuos realizan una jornada similar a la del resto de empleados de la empresa. Es decir, durante el periodo de actividad, un fijo discontinuo trabajará a jornada completa como cualquier otro trabajador ordinario.