¿Un autónomo tiene obligación de comunicar sus rendimientos netos?

¿Un autónomo tiene obligación de comunicar sus rendimientos netos?
10/10/2023

Autónomo que a día de hoy aún no ha comunicado sus rendimientos netos a efectos del cálculo de su base y cuota de cotización ¿es obligatorio comunicar los rendimientos netos? ¿Qué plazo máximo hay?

Respuesta de abogado

Efectivamente, resulta obligatorio que los trabajadores autónomos comuniquen a la TGSS sus rendimientos netos para el cálculo de su base y cuota de cotización.

En este sentido, las personas que inicien su actividad por cuenta propia y tramiten su alta en el RETA a partir del 1 de enero de 2023, deben comunicar las actividades que realicen a la TGSS desde el inicio.

Sin embargo, las personas que ya estén dadas de alta a 1 de enero de 2023, tendrán de plazo hasta el 31 de octubre de 2023 para comunicar sus rendimientos laborales, según el artículo sexto del RDL 13/2022.

Asimismo, esta comunicación se puede realizar a través del servicio de modificación de datos de trabajo autónomo de Importass o a través del Sistema RED, siempre y cuando se trate de un autorizado RED quien lo ejerza y se disponga del DNI del interesado.

Somos abogados

Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Juncal Fernández
Juncal Fernández
Abogada laboralista
Noelia Vergara
Noelia Vergara
Abogada Laboralista
Nahir González
Nahir González
Abogada Laboralista

LexaGo Resuelve Consultas Laborales

Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.