Un Autónomo no agrario que no tiene fincas de cultivo, ni en propiedad, ni en arrendamiento, ¿Puede contratar por jornadas reales?
No podría contratar por jornadas reales en el contexto de este sistema especial agrario, ya que este método de cotización está diseñado para trabajadores que realizan labores agrarias.
En el caso de un autónomo no agrario que no posee ni cultiva fincas, ya sea en propiedad o arrendamiento, no se le aplicaría el encuadramiento en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, ya que no está realizando actividades agrarias.