Autónomo jubilado que contrata a un trabajador a tiempo parcial ¿tiene derecho al 100% de la jubilación?

Autónomo jubilado que contrata a un trabajador a tiempo parcial ¿tiene derecho al 100% de la jubilación?
23/08/2023

Un autónomo titular de la actividad se quiere jubilar. ¿Se puede contratar a un trabajador a tiempo parcial y que el autónomo cobre el 100% de la pensión de jubilación?

Respuesta de LexaGo

Podrá acogerse si se trata de un autónomo persona física. En cambio, si está encuadrado en el RETA como autónomo societario, no podrá acogerse a esta posibilidad ya que en estos casos se entiende que, quien contrata, es la sociedad y no el autónomo.

Los autónomos que se encuentren en situación de jubilación activa podrán cobrar el 100% de la pensión cuando acrediten tener contratado, al menos, un trabajador por cuenta ajena, ya sea a tiempo completo o parcial.

No obstante, no podrán acogerse a esta medida los autónomos societarios, tal como dispone la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de 4 de marzo de 2021, o las sociedades civiles o comunidades de bienes (sentencias del Tribunal Supremo, sentencias de 23 de julio de 2021 y de 8 de febrero de 2022).

Por ende, para poder acogerse al cobro del 100% de la jubilación, el autónomo deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • realizar una actividad por cuenta propia;
  • que haya transcurrido un año desde el cumplimiento de la edad de 65 años;
  • y tener contratado a un trabajador por parte del autónomo, pudiendo ser a tiempo completo o a tiempo parcial.

Así lo ha confirmado, entre otras, la sentencia del TS, de 8 de febrero de 2022.

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Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
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Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
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