Entendemos que si un trabajador fijo-discontinuo no se incorpora voluntariamente después de un llamamiento, se considera una dimisión o baja voluntaria.
La duda es cómo se ha de comunicar esa baja voluntaria a las administraciones (TGSS y SEPE), ya que podría ser perfectamente que el trabajador al renunciar al llamamiento esté cobrando una prestación de desempleo y correspondiese, por parte de la empresa, comunicar al SEPE la nueva situación
¿Se ha de comunicar mediante algún código o periodos de actividad?
Cuando un trabajador fijo-discontinuo decide no reincorporarse tras un llamamiento, se considera que ha optado por una baja voluntaria. En este caso, es importante que la empresa comunique esta situación a las administraciones pertinentes, como la TGSS y el SEPE, para evitar cualquier malentendido respecto a la situación laboral del trabajador, especialmente si este estaba percibiendo una prestación por desempleo.
Para comunicar esta baja voluntaria, la empresa debe utilizar el sistema Certific@2, donde se debe informar de la baja voluntaria del trabajador. En el último certificado de empresa, se debe indicar la causa de cese con la clave "21 Baja voluntaria de la persona trabajadora".
Además, es necesario informar las bases de cotización de los últimos 180 días o del último contrato si fuese inferior a seis meses, de manera similar a cuando se envía con la causa "15 Interrupción de la actividad de los trabajadores/as fijos/as discontinuos/as". Esto asegura que el SEPE tenga constancia de la nueva situación del trabajador y pueda ajustar cualquier prestación que estuviera recibiendo.