Un trabajador que cotiza en Régimen Agrario por Jornadas Reales, va a darse de baja voluntariamente de la Empresa donde está desde hace un tiempo con contratos de obra por campañas, y va a ser contratado por otra empresa con un contrato de obra.
Si este nuevo contrato de obra dura poco tiempo (por ejemplo tres semanas), ¿puede cobrar el desempleo?
- Creo que hay alguna norma que dice que después de una baja voluntaria el trabajador tiene que estar al menos tres meses dado de alta en otra Empresa y ser despedido por esta para poder cobrar el desempleo.
- ¿esto es así?
- Si es correcto, ¿se aplicaría para cualquier régimen de cotización a seguridad social?
- o por el contrario el poder cobrar el desempleo después de ser despedido por la segunda Empresa ¿depende de la causa del despido en esta segunda Empresa?
Esperamos haber resuelto su consulta. Llámenos si necesita cualquier aclaración. Reciba un cordial saludo.