¿Tienen los trabajadores la obligación de instalar el certificado digital en los ordenadores de la empresa?

¿Tienen los trabajadores la obligación de instalar el certificado digital en los ordenadores de la empresa?
02/03/2026

¿Los trabajadores tienen la obligación de instalarse el certificado digital en los ordenadores de la empresa? ¿Qué legislación regula al respecto?

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No, con carácter general la empresa no puede obligar al trabajador a instalar su certificado digital personal en el ordenador de empresa. Es cierto que la empresa puede establecer instrucciones o restricciones sobre el uso de ordenador de la empresa, sin embargo, no existe una obligación legal expresamente tipificada que permita exigir a los trabajadores la instalación de su certificado personal digital en dichos ordenadores.

En este sentido, resulta más recomendable la implantación de medidas corporativa -como certificados digitales de empresa- que no depende de dispositivos personales del trabajador. Este enfoque es coherente con la doctrina judicial que recuerda que la empresa debe facilitar los medios necesarios para la prestación laboral y no imponer el uso de recursos personales cuando existan alternativas razonables, tal como ha señalado la Sentencia de la Audiencia Nacional de 26 de mayo de 2025.

No obstante, existe un supuesto especifico, en el caso de trabajadores colegiados, cuando el certificado digital sea exigible para relacionarse con la Administración Publica en el ejercicio de su profesión. De conformidad con el articulo 14 de la Ley 39/2015, están obligados a relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones públicas, entre otros, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, exclusivamente para los tramites y actuaciones que realicen en el ejercicio de dicha actividad profesional.

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Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
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Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
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