¿Tiene obligación, una empresa, de comunicar al SEPE la baja de un trabajador?

24/04/2024 Usuario LexaGo
Tras la finalización de un contrato de trabajo, ¿Tiene la empresa la obligación de tramitar de oficio al SEPE el certificado de empresa a pesar que el trabajador no lo solicite?

Respuesta de abogado

24/04/2024 LEXA Abogados

Sí, la empresa tiene la obligación de enviar al SEPE el certificado de empresa a pesar de que el trabajador no lo solicite.

Esta obligación viene reconocida en el artículo 5 de la Orden TAS/3261/2006, de 19 de octubre. Por lo tanto, independientemente de que el trabajador no lo solicite, la empresa deberá enviar el correspondiente certificado de empresa en el plazo de en el plazo de diez días al SEPE, a contar desde el siguiente a la situación legal de desempleo, poniéndolo en conocimiento del trabajador.

Somos abogados

Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Lucia Gesta Labiano
Lucia Gesta Labiano
Abogada laboralista
Juncal Fernández
Juncal Fernández
Licenciada en Derecho por la Universidad de Navarra
Adrián Ventura
Adrián Ventura
Graduado en Derecho por la Universidad Pública de Navarra

LexaGo Resuelve Consultas Laborales

Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.