La trabajadora tendrá derecho al complemento de reducción de la brecha de género. No obstante, la TGSS no lo está reconociendo de oficio, por lo que será necesario que la beneficiaria lo solicite.
Este complemento ha sido reconocido por el Tribunal Supremo con efectos retroactivos en dos sentencias de 17 de febrero de 2022. Lo que abre la puerta a que los trabajadores que se hubiesen jubilado a partir de 2016 y hasta 2021 puedan reclamar el referido complemento. Por lo que podrá solicitar este complemento hasta el 2021.
Además, desde el 2021 ,el artículo 2 del RD-ley 3/2021, por el que se modifica la Ley de Clases Pasivas del Estado, modifica la disposición adicional decimoctava en la cual se reconoce el derecho a un complemento por cada hijo o hija, debido a la incidencia que, con carácter general, tiene la brecha de género en el importe de las pensiones de las mujeres. En este sentido se pronuncia la sentencia del TSJ de Aragón, de 22 de octubre de 2021.