Al tratarse de prácticas remuneradas, podrá cobrar la prestación por IT.
Entendemos que el becario está realizando unas prácticas incluidas en el ámbito de aplicación de la disposición adicional 52ª LGSS. En ese caso, al tratarse de prácticas remuneradas, éstas estarán protegidas por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.
Por tanto, si al becario se le abonan ciertas cantidades al mes, es decir, estamos ante un tipo de prácticas remuneradas, tendrá derecho a la prestación por incapacidad temporal por enfermedad común.