¿Cuánto tiempo tienen los autónomos para comunicar rendimientos y bases provisionales según la nueva ley?

26/01/2023
En relación con la nueva ley de cotización de autónomos, para aquellos autónomos que ya están dados de alta en el RETA, ¿Cuál es el plazo para comunicar rendimientos y bases provisionales?

Respuesta de LexaGo

Efectivamente y a tenor de lo que indica la nueva redacción de los artículos 44 y 45 del Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, hay que comunicar la previsión de sus rendimientos netos mensuales y lo podrán hacer a través del portal de ImportaSS de la Seguridad Social o presencialmente.

En función de la cifra que aporte el profesional estará en uno de los 15 tramos de rendimientos netos acordados hasta 2025, y se le aplicará una cuota concreta a pagar.

Se podrá informar de esto hasta octubre de 2023 y, si por ejemplo, informa de los rendimientos de los meses de enero y febrero, será efectivo en marzo, es decir, la base y la cuota que salga, empezará a ser efectiva desde marzo y así nos lo ha comunicado la TGSS mediante llamada telefónica efectuada.

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Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
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