¿Cuándo se puede volver a optar a la tarifa plana?

09/08/2023
Si alguien se da de alta en RETA (por ejemplo, por dos meses) y no opta a la tarifa plana, ¿podría optar a la tarifa plana en un momento posterior?

Respuesta de LexaGo

Para poder beneficiarse de la tarifa plana el artículo 38 ter del Estatuto del trabajo autónomo exige que se cause un alta inicial o bien que no se hubiera estado en situación de alta en los 2 años inmediatamente anteriores, a contar desde la fecha de efectos del alta en el RETA.

Por tanto, aunque una persona cause alta en el RETA durante solo dos meses sin acogerse a la tarifa plana, no podrá acogerse a dicha tarifa plana si posteriormente se da de nuevo de alta en el RETA. Esta opción solo será posible si han transcurrido al menos 2 años entre cada alta en el RETA.

Somos abogados

Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Juncal Fernández
Juncal Fernández
Abogada laboralista
Noelia Vergara
Noelia Vergara
Abogada Laboralista
Nahir González
Nahir González
Abogada Laboralista

LexaGo Resuelve Consultas Laborales

Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.