Una empresa dedicada a la hostelería inicia su actividad y llama a 5 camareros de su lista de fijos discontinuos. En la lista hay un total de 8 camareros fijos discontinuos que son llamados e incorporadas a la actividad empresarial a medida que avanza la temporada y se produce la necesidad de ir incorporando a más camareros.
Ahora nos encontramos en la situación que uno de esos 5 camareros llamados causa baja por incapacidad temporal.
¿Está la empresa obligada a llamar al 6º camarero de la lista de los fijos discontinuos o puede formalizar un contrato de sustitución para suplir la IT con un nuevo trabajador que nunca ha estado vinculado a la empresa?
Al tener que llamar por orden a un fijo discontinuo, no existe obligación, en principio, de realizar un contrato de sustitución, aunque deberá tenerse en cuenta lo que disponga el convenio colectivo de aplicación en este caso.
La empresa está obligada a llamar a los trabajadores fijos-discontinuos en el orden y la forma que se determine en los respectivos convenios colectivos, ya que en caso contrario el trabajador fijo discontinuo puede reclamar en procedimiento de despido ante la jurisdicción social. Así lo entiende, entre otras, la Sentencia de 14 mayo de 2007 del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.