En relación con los compromisos de larga duración que firman los militares temporales de tropa y marinería, ¿es legal cesar a estos militares por cumplir 45 años?
En virtud de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de tropa y marinería, el compromiso de larga duración finalizará cuando el militar profesional de tropa y marinería cumpla 45 años de edad.
Por tanto, los compromisos de larga duración de los militares son legales y su finalización cuando el militar cumpla los 45 años, también. Así lo confirma, entre otras, la sentencia del TSJ de Madrid, de 25 de noviembre de 2020.