¿Es posible solicitar el desempleo tras una excedencia voluntaria y un contrato finalizado?

25/04/2018

Una trabajadora se encuentra en excedencia voluntaria sin reserva de puesto de trabajo en la empresa A. Durante este tiempo ha estado trabajando en la empresa B y este contrato temporal finaliza antes de la excedencia. La trabajadora no tiene intención de volver a la empresa A y quiere pasar a cobrar el desempleo. ¿Puede solicitar baja voluntaria en la empresa A y solicitar el desempleo?

Respuesta de LexaGo

En principio, terminado el contrato temporal en la empresa B, la trabajadora tendrá derecho a percibir desempleo.

Cuando la trabajadora solicita excedencia voluntaria en la empresa A y le es concedida, ya causa baja voluntaria en la empresa A, conservando únicamente un derecho de reingreso preferente. Así lo estiman sentencias como la del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 25 de enero de 2005. Por tanto, en principio, si la trabajadora ya está dada de baja en la empresa A, cuando se le termine el contrato en la empresa B, en principio accederá a percibir prestación por desempleo sin mayor problema.

En este sentido, esta misma sentencia se pronuncia, frente a la denegación del desempleo, afirmando que no existe ningún tipo de fraude de ley, pues la trabajadora, que había solicitado excedencia voluntaria en una empresa para trabajar en otra con un contrato temporal, finalizado el contrato temporal cumple con todos los requisitos para acceder al desempleo.

No obstante, también hay sentencias que han considerado en determinados supuestos, una trabajadora no tiene derecho a percibir la prestación. En este sentido se pronuncia la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de 7 febrero de 2005 señalando que para considerar al trabajador en situación de desempleo tiene que estar en dos situaciones: 1) O no ha transcurrido el período mínimo de excedencia, de tal forma que no está en situación de solicitar el desempleo; 2) Presenta la solicitud de reingreso y la denegación de la empresa.

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Eduardo Castilla Baiget
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Socio de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
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