Si un trabajador no presta servicios el día que cae festivo, ¿se puede descontar de la nómina?

31/07/2023

Una trabajadora presta servicios en Murcia, siendo el próximo 15 de agosto día festivo en la región.

Esta empleada no presta servicios martes y jueves, puesto que así se fijo en su contrato de trabajo.

Como este festivo cae en martes (día que ella no trabaja), ¿la empresa debe descontarle el sueldo de ese día?

Respuesta de abogado

La empresa no podrá descontar el salario cuando un día festivo coincida con el descanso semanal de la trabajadora o cuando esta no preste servicios este día.

Es decir, si la trabajadora no presta servicios el martes, no podrá descontarse el salario ya que este constituye la retribución correspondiente a los días efectivamente trabajados.

Sucede lo mismo cuando el descanso semanal del trabajador coincida con un día festivo, ya que, salvo que el contrato o el Convenio Colectivo aplicable fijen mejoras, la empresa no tendrá la obligación legal de trasladar el día festivo ni tampoco dar un descanso adicional y, por tanto, el trabajador “perdería” ese día festivo. Así lo ha entendido, entre otras, la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 8 de marzo de 2016.

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Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
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Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Blanca Bazal
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