Un autónomo dedicado a instalar redes de fibra internet en domicilios particulares quiere contratar a un trabajador por cuenta ajena.
Este autónomo tiene su domicilio social en Navarra pero presta sus servicios en toda España. Además, carece de local para el ejercicio de su actividad ya que siempre presta sus servicios en los domicilios particulares que quieren instalar la fibra para internet. ¿Este autónomo tiene obligación de comunicar la apertura de centro de trabajo? ¿En qué domicilio debe hacerlo?
En el momento en el que el autónomo tenga trabajadores a su cargo, tiene la obligación de comunicar la apertura del centro de trabajo, al que iría unido el PRL. En casos como este, el centro de trabajo debe considerarse el lugar donde radique el domicilio social, es decir, en Navarra.
Cuando un autónomo contrata trabajadores adquiere la consideración de empresa a los efectos de necesidad de apertura de centro de trabajo. En ese sentido, la Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril especifica que la obligación de efectuar la comunicación incumbe al empresario, cualquiera que sea la actividad que realice.