No, un trabajador en situación de excedencia no puede solicitar la jubilación parcial.
Los trabajadores que se encuentren disfrutando de la jubilación parcial podrán acceder a una excedencia por cuidado de familiar del artículo 46.3 ET.
Sin embargo, el acceso a la jubilación parcial desde una excedencia no será posible. En ese sentido, la sentencia del TSJ de Cataluña, de 4 de octubre de 2017 señala que no es posible acceder a la jubilación parcial desde una situación de excedencia dado que el convenio colectivo, al regular el acceso a la jubilación parcial, se refiere en todo momento a un trabajador en situación activa.
Por tanto, será necesario que el trabajador se encuentre en situación activa (de alta en la empresa) para poder acceder a la jubilación parcial, siempre que cumpla con el resto de requisitos establecidos. No obstante, habrá que atender a la regulación del convenio colectivo de aplicación y al tipo de excedencia del que se trate para poder darles una respuesta correcta y precisa.