Los trabajadores de una empresa que cesó sus servicios con fecha del 17/05/2023, pero que aún no han sido despedidos, han puesto una reclamación judicial por despido tácito.
Hasta que se resuelva dicha reclamación, y dado que se encuentran en situación de alta pero la empresa no les está pagando, ¿se puede solicitar a la Seguridad Social su baja de oficio para que puedan acceder al desempleo?
En estos casos, lo más ágil para que los trabajadores puedan acceder al desempleo es acudir a la Inspección de Trabajo, exponer la situación y que sean ellos quienes tramiten la baja de oficio.
Otra opción es presentar ante la TGSS un escrito exponiendo el caso, para que sea la propia TGSS quien proceda a causar la baja de oficio. En ese sentido, la sentencia del TSJ de Madrid, de 12 de enero de 2010 establece que la TGSS podrá causar la baja de oficio siempre que el trabajador ponga en conocimiento de esta la situación.