¿Se puede compensar el plus de antigüedad con la mejora voluntaria?

¿Se puede compensar el plus de antigüedad con la mejora voluntaria?
26/03/2024

Estamos retribuyendo a los trabajares por arriba del convenio colectivo por encontrarse por debajo del SMI, con una complemento a SMI y además una mejora voluntaria , convenio colectivo transporte mercancia por carretera Las Palmas.

Según convenio la antiguedad el año que le toca subida se compensa restando la mejora voluntaria , por lo que el trabajador sigue cobrando lo mismo.

¿Podrá compensarse la antiguedad con esa mejora voluntaria sin necesidad de subir su salario?

Respuesta de LexaGo

Sí, se puede compensar la antigüedad con esa mejora voluntaria sin necesidad de subir el salario del trabajador.

Esto es así, ya que la compensación y absorción de salarios operará sobre el complemento o mejora voluntarios, siempre que dicho complemento no tenga como objeto retribuir alguna circunstancia especial del trabajador o del trabajo que realiza. En este caso, el artículo 17 del Convenio Colectivo del sector reconoce la posibilidad de que las mejoras pactadas en el mismo absorban disposiciones futuras que impliquen una variación económica en los conceptos retributivos.

En ese sentido, la sentencia del TSJ de Cataluña del 30 de septiembre del 2019 establece que es compensable el incremento salarial previsto en convenio colectivo con un complemento concedido voluntariamente por la empresa a sus trabajadores, cuando ese complemento no remunera especiales condiciones de trabajo, ni mayor cantidad o calidad de trabajo, ni está ligado a la productividad o al rendimiento, siendo una percepción que abona la empresa sin exigir una contraprestación especial.

Por tanto, en cuenta el convenio colectivo permite absorber incrementos de las retribuciones por las mejoras establecidas en el mismo, y siempre y cuando esta mejora no esté destinada a retribuir una condición especial del trabajo, se puede proceder con dicha compensación sin necesidad de incrementar el salario del trabajador.

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Eduardo Castilla Baiget
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Socio de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
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