¿Se pagan o liquidan las vacaciones en un contrato fijo discontinuo al terminar cada llamamiento?

¿Se pagan o liquidan las vacaciones en un contrato fijo discontinuo al terminar cada llamamiento?
03/07/2026

En los contratos fijos discontinuos, ¿se liquidan las vacaciones al final de cada llamamiento?

¿Tienes una duda similar? Resuélvela ahora

Generando tu respuesta...

Estamos procesando tu consulta. Esto puede tardar unos segundos.

Respuesta de LexaGo

En el contrato fijo discontinuo existe un único contrato de carácter indefinido, regulado en el artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores, que se desarrolla a través de sucesivos llamamientos o periodos de actividad. Entre dichos periodos no se produce la extinción del vínculo laboral, sino una situación de inactividad, manteniéndose viva la relación laboral.

Esta característica resulta determinante en materia de vacaciones. Dado que no hay una extinción del contrato al finalizar cada campaña, no procede tratar el cierre de cada llamamiento como una baja definitiva con su correspondiente liquidación extintiva. Jurídicamente, el fin de un periodo de actividad no equivale a la finalización del contrato.

En consecuencia, las vacaciones no disfrutadas no deben abonarse automáticamente al término de cada llamamiento. Si durante el periodo de actividad no se han disfrutado, pueden gestionarse de dos formas: bien mediante su disfrute inmediatamente posterior a la campaña, prolongando el periodo de actividad por los días devengados, o bien reservándolas para su disfrute en un futuro periodo de actividad. Solo en caso de extinción definitiva de la relación laboral, ya sea por despido o baja voluntaria, procede su compensación económica en el finiquito. En este sentido, la Sentencia del Tribunal Supremo del 19 de junio de 2007, que establece que las vacaciones pendientes de disfrutar no se deberán abonar al trabajador fijo discontinuo cuando éste pase a situación de inactividad.

Por tanto, como regla general, las vacaciones pendientes no deben abonarse al pasar el trabajador fijo discontinuo a situación de inactividad, sino que deben conservarse para su posterior disfrute. No obstante, en la práctica empresarial es frecuente que se abonen en el finiquito al finalizar cada periodo de actividad, aunque esta práctica no se ajusta estrictamente al criterio jurídico.


Somos abogados

Eduardo Castilla Baiget
Eduardo Castilla Baiget
Socio de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Nahir
Nahir
Abogada Laboralista
Elizabeth Bermejo
Elizabeth Bermejo
Abogada Laboralista
Maialen Antón
Maialen Antón
Abogada Laboralista

LexaGo Resuelve Consultas Laborales

Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.