Según la legislación laboral española, en el caso de que un empleado haya presentado su renuncia voluntaria con un preaviso de 3 meses y, durante este periodo, se encuentre en situación de incapacidad temporal debido a una enfermedad, ¿el plazo de preaviso se interrumpe y se reanuda cuando el trabajador se recupere y pueda reincorporarse al trabajo?
A diferencia de lo que ocurre con el periodo de prueba, las situaciones de incapacidad temporal no interrumpen el cómputo del preaviso ya que la legislación laboral española no prevé dicha posibilidad.
En caso de renuncia o baja voluntaria, el trabajador debe preavisar a la empresa con la antelación que indique el convenio colectivo que resulte de aplicación o, en su defecto, con un mínimo de 15 días previos a la finalización de la relación laboral.
El preaviso se entenderá cumplido cuando transcurran 3 meses desde la presentación de la renuncia, aunque el trabajador se encuentre en situación de incapacidad temporal.