Durante el periodo en el que un empleado está disfrutando de su paternidad, ¿se genera derecho a días de vacaciones?, o más bien, al estar durante la paternidad en situación de suspensión, ¿no se generaría derecho a días de vacaciones?
Sí se siguen generando vacaciones en la empresa durante la situación de maternidad/paternidad. Si bien es es cierto que durante el periodo de maternidad/paternidad el contrato de trabajo se encuentra suspendido, se sigue igualmente generando el derecho a vacaciones, al igual que ocurre durante los periodos de IT. Es lo que se desprende de lo dispuesto en el artículo 5 del Convenio N.º 132 de la Organización Internacional del Trabajo. Así lo confirma, entre otras, la sentencia núm. 2673/2010 de 5 octubre del TSJ de Andalucía al aplicar lo dispuesto en el citado Convenio.
Por tanto, aunque el trabajador que se encuentre en situación de paternidad, seguirá generando días de vacaciones por lo que tendrá derecho a los 30 días naturales, aunque haya disfrutado de maternidad/paternidad durante el año.