El convenio de empresa fija un salario superior en un 15% al que establece el convenio sectorial.
La reforma laboral impuso que la cuantía salarial dejaba de tener prioridad aplicativa en los convenios colectivos de empresa, otorgando un plazo de 6 meses para adaptar el convenio colectivo de empresa al sector
¿La empresa debe aplicar la subida salarial del convenio colectivo sectorial a pesar de haber abonado una cuantía superior en el convenio de empresa?
En concreto la reforma laboral obliga a aplicar el salario que indique el sector, pero siempre en las condiciones estipuladas en el convenio del sector. Por tanto, debe acudirse al convenio colectivo sectorial y proceder a la aplicación de la subida en los términos que este recoja, teniendo en cuenta que la reforma laboral impide la compensación y absorción en la ejecución de la adaptación del convenio.
Los convenios colectivos de empresa negociados a partir del 31/12/2021 dejan de tener prioridad aplicativa sobre la regulación de la cuantía del salario base y de los complementos salariales, incluidos los vinculados a la situación y resultados de la empresa.
A partir de ese momento, deberán adaptarse -en materia salarial- al convenio sectorial de aplicación en el plazo de seis meses, aplicando las tablas salariales del convenio colectivo del sector.