¿Se considera la venta de una vivienda que no ha generado ganancia un ingreso para la Pensión No Contributiva?

15/03/2023
Un familiar mayor de 65 años que recibe una pensión no contributiva vende una casa heredada por valor de 34.000 euros. Esta casa, en escritura de herencia, tiene un valor de 38.000, por lo no hay ganancia. ¿Se considera un ingreso para la PNC la venta de una vivienda heredada que no ha ha generado ganancia?

Respuesta de LexaGo

Si la venta no ha generado ganancia (plusvalía), no debe tenerse en cuenta como ingreso para la pensión no contributiva.

De acuerdo con lo dispuesto en el art. 363 LGSS y el art. 12 del Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, las ganancias patrimoniales derivadas de la venta de un inmueble adquirido por donación o herencia, se considerarán rendimientos de capital, estableciéndose la valoración de los mismos conforme a las normas del IPRF (valor catastral).

Es decir, las ganancias patrimoniales derivadas de la venta de un inmueble adquirido por herencia serán tenidas en cuenta para el cómputo de los ingresos del perceptor de la pensión no contributiva, con lo que, es probable que se superen los ingresos máximos anuales durante dicho ejercicio. Así lo ha confirmado, entre otras, la sentencia núm. 310/2015 del TSJ de Canarias, de 26 de febrero. Sin embargo, en el supuesto que planteas la venta no ha generado ganancia (plusvalía), de forma que se entiende que esta venta que no ha generado ganancia patrimonial no debe tenerse en cuenta como ingreso para la PNC dicha venta.

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Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
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