¿Las ayudas pagadas a voluntarios deben comunicarse en el modelo 190?

¿Las ayudas pagadas a voluntarios deben comunicarse en el modelo 190?
17/02/2025

Una empresa paga a los voluntarios que colaboran con ella una cantidad de dinero en concepto de "ayuda". ¿Dicho abono debe comunicarse en el modelo 190 del IRPF?

Respuesta de LexaGo

Sí, deben comunicarse en el modelo 190 bajo la clave A.

Aunque no exista una relación laboral o estatutaria entre la empresa y los voluntarios, la compensación económica que reciben se considera un rendimiento del trabajo, ya que se otorga como contraprestación por los servicios prestados. En consecuencia, estas cantidades están sujetas a retención, que deberá calcularse conforme al procedimiento general establecido en los artículos 82 y siguientes del Reglamento del IRPF.

Así lo confirma la Dirección General de Tributos A través de la Consulta Vinculante nº V2569-15, de 4 de septiembre de 2015.

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Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
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Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
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