Un trabajador solicita una reducción de jornada por cuidado de hijo con grado de discapacidad del 51% con revisión. El hijo tiene mas de 12 años, por lo que querríamos saber hasta cuándo tendríamos que concedérsela.
La Ley hace referencia a personas discapacitadas en general, siendo requisito necesario que persista dicha discapacidad y que no se desempeñe actividad retribuida. Por ello, en un principio, la reducción de jornada la deberéis mantener hasta la revisión, siempre que, con carácter previo, dicha persona no realice una actividad retribuida, en cuyo caso podréis negar la reducción de jornada por no cumplir con los requisitos legales.
El artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores establece los siguientes requisitos para poder acceder a la referida reducción de jornada: 1) Que se tenga a cargo a una persona con un grado de discapacidad reconocido. 2) Que dicha persona no realice ninguna actividad retribuida. Cumplidos estos requisitos, el trabajador tendrá derecho a una reducción de jornada. Por ello, la edad que tenga dicha persona no es relevante, pudiéndose disfrutar de dicha reducción de jornada siempre que se cumplan los requisitos señalados.
Así lo ha señalado la jurisprudencia, en donde se hace posible encontrar diferentes pronunciamientos judiciales en los que se permite la reducción de jornada de persona con discapacidad que es mayor de 12 años. Así se infiere de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid 400/2014, de 9 de mayo.