El convenio colectivo de aplicación reconoce 23 días laborales de vacaciones. Además, en el mes de agosto se establece jornada intensiva. Asimismo, se señala que, si se disfrutara del mes de julio de jornada intensiva, las vacaciones serían de 22 días laborales al año, y si no se disfruta de ningún mes de jornada intensiva, las vacaciones son 24 días laborales.
Algunos trabajadores con reducción de jornada defienden que tienen derecho a 24 días de vacaciones, ya que no disfrutan de jornada intensiva. ¿Cuántos días de vacaciones les corresponden?
La clave en este punto es si las trabajadores con reducción de jornada tienen jornada partida o, por el contrario, si haciendo uso de su concreción horaria, establecieron con la reducción la concreción de jornada intensiva (como suele ser habitual).
Lo fundamental es entender que el convenio colectivo está premiando a aquéllos trabajadores que asumen el sacrificio de no disfrutar de la jornada intensiva.