¿Qué salario corresponde a una trabajadora que está adscrita a dos grupos profesionales?

03/07/2023

Respuesta de LexaGo

En supuestos de polivalencia funcional, la trabajadora quedará encuadrada en el grupo profesional al que destine una mayor parte de su jornada y, en consecuencia, la empresa deberá abonarle el salario que corresponda a ese grupo profesional en que trabaje durante más tiempo.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores, mediante la negociación colectiva o, en su defecto, a través de un acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, deberá establecerse el sistema de clasificación profesional de los trabajadores por medio de grupos profesionales.

A este respecto, el apartado 4 del precepto legal mencionado regula la posibilidad de fijar en el contrato de trabajo una cláusula de polivalencia funcional para que un mismo trabajador pueda realizar las funciones propias de más de un grupo profesional, como sucede en el presente supuesto. Pues bien, en estos casos, el empleado deberá equipararse al puesto de trabajo al que mayor tiempo dedique.

En esta línea se ha pronunciado, en un caso similar, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha de 3 de marzo de 2016 resolviendo que el salario se corresponderá con la actividad principal y desarrollada en la mayor parte de la jornada.

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Eduardo Castilla Baiget
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Socio de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
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