Una empleada de hogar cesa voluntariamente en la prestación de sus servicios. No obstante, el empleador no quiere tramitar la baja en el fichero correspondiente de la TGSS. ¿Cómo debe actuar la empleada de hogar para solicitar la baja?
Los empresarios están obligados a comunicar el alta, la baja o la variación de datos de los trabajadores que presten servicios en su empresa. En caso de no hacerlo, la empleada de hogar podrá solicitarlo directamente en la Tesorería General de la Seguridad Social.
Para ello, deberá proporcionar la documentación que acredite su baja voluntaria, como la comunicación escrita de su cese voluntario. De este modo, será la propia Seguridad Social quien dé de baja a la trabajadora de oficio.