Una empresa abona kilometraje a los trabajadores. ¿Qué pasa si abonamos el kilometraje por encima del límite establecido por ley?
Si una empresa abona el kilometraje por encima del límite establecido por ley, la cantidad que exceda dicho límite estará sujeta tanto a cotización como a tributación.
Esto se debe a que los gastos de desplazamiento en coche privado están exentos de cotización y tributación hasta un máximo de 0,26 euros por kilómetro recorrido. Cualquier cantidad abonada por encima de este límite deberá ser considerada como salario y, por tanto, estará sujeta a las correspondientes retenciones fiscales y cotizaciones a la Seguridad Social.