Una administración pública ha recibido una subvención bastante elevada de los Fondos Europeos para la digitalización y una partida es para la Teleasistencia que tienen delegada en otra empresa.
Por ello, se va a contratar 5 perfiles de carácter indefinido en base a ese fondo. ¿La empresa subcontratada puede hacer el contrato específico de Next Generation?
No podrá beneficiarse de esta subvención.
Según lo dispuesto en la Orden TER/836/2022, podrán ser beneficiarias de esta subvención, y por tanto, ejecutoras de las ayudas, las administraciones públicas, lo cual excluye a las empresas privadas.
La condición de entidad beneficiaria de la ayuda, implica que la entidad asume la totalidad de derechos y obligaciones inherentes a tal condición, es decir, las entidades beneficiarias serán las responsables de la gestión y ejecución de los proyectos presentados. En la propia convocatoria se establece la posibilidad de que se lleven a cabo mediante la subcontratación del servicio. Sin embargo, esto no hace que las empresas que actúen como subcontratistas puedan ser beneficiarias de las ayudas ya que, únicamente serán beneficiarias las administraciones públicas (art. 3 de la convocatoria).