Durante los doce primeros meses de actividad el autónomo podrá solicitar la aplicación de la tarifa plana. Así nos lo confirma la TGSS mediante llamada telefónica.
En concreto, las personas que causen alta inicial en el RETA podrán solicitar la aplicación de una cuota reducida de 80 euros mensuales durante los primeros 12 meses de actividad, con independencia de sus ingresos.
Además, para el caso de aquellos trabajadores autónomos que prevean que sus rendimientos económicos netos no superarán el SMI, podrán prorrogar esta situación por otros 12 meses. Igualmente, una vez superados estos 24 meses, en el caso de que el rendimiento neto previsto no supere el SMI, cabe la posibilidad de solicitar la cuota reducida durante los siguientes 36 meses.
Para estos casos en los que se solicite la ampliación de la tarifa plana, de abril a diciembre de 2025 la cuota mensual a pagar sería de 160 € mensuales y en años siguientes lo que disponga la LPG de cada ejercicio (RDL 13/2022 disp.trans.5ª).