Una persona es contratada para trabajar de lunes a domingo, 40 horas semana. Sin embargo, siempre ha trabajado de lunes a viernes.
Ahora la empresa va a empezar a abrir fines de semana y festivos. ¿La empresa puede imponerle trabajar fines de semana y festivos, tal y como se estableció en su contrato?
A pesar de que venga recogido en contrato, al llevar tanto tiempo trabajando de lunes a viernes, si comienza a trabajar sábados y domingos, ello supondría una modificación sustancial, ya que se ha convertido en una condición más beneficiosa. Por lo tanto, habría que acudir al procedimiento del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.
Como solución temporal, es posible acudir a la jornada irregular, hasta que cubra el 10% de la jornada anual. Para ello, la empresa deberá preavisar con 5 días.