Sí, si una trabajadora en excedencia voluntaria no solicita su reincorporación al finalizar el periodo concedido, pierde el derecho al reingreso y la relación laboral puede considerarse extinguida por voluntad propia, es decir, como una baja voluntaria.
Esta interpretación ha sido respaldada por sentencias como la del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, de 10 de octubre de 2023, que concluye que, si la persona trabajadora no solicita el reingreso dentro del plazo previsto —especialmente cuando el convenio colectivo establece un preaviso concreto—, la empresa puede entender que la extinción se produce por decisión del trabajador.
Por tanto, es recomendable revisar el convenio colectivo aplicable, ya que podría establecer condiciones específicas para solicitar el reingreso. En todo caso, la falta de solicitud en tiempo hábil implica la pérdida del derecho de reincorporación y la extinción de la relación laboral, con los efectos jurídicos propios de una baja voluntaria.