¿Puede absorberse la mejora voluntaria ante una subida salarial del convenio?

¿Puede absorberse la mejora voluntaria ante una subida salarial del convenio?
10/10/2023

Han publicado el convenio de fincas urbanas y el salario base ha pasado de 713.79€ a 1250€. Puesto que se trata de una subida muy alta, si un conserje tiene una mejora voluntaria de 231.97€, ¿podría absorberse la mejora voluntaria con la subida?

Respuesta de LexaGo

Sí, la subida salarial que pudiera experimentar como consecuencia del nuevo convenio colectivo puede quedar neutralizada por la empresa a través de la absorción y compensación del citado plus.

En su caso, el Convenio Colectivo del Sector Empleados de Fincas Urbanas de Madrid en su artículo 24 recoge un salario base de 1250 euros, al que se añadirán los complementos salariales.

Asimismo, el artículo 29 regula una cláusula de garantía salarial disponiendo que la aplicación del convenio no supondrá en ningún caso una disminución de retribuciones, por lo que quien viniera percibiendo una retribución superior a la establecida en este convenio, verá destinada dicha diferencia a su favor a un complemento denominado «transformación convenio», que no será absorbible ni compensable.

En este sentido, se debe tener en cuenta que el trabajador, anteriormente, percibía un total de 945,76 euros al abonarse el salario de 713,79 euros más la mejora voluntaria de 231,97 euros. Actualmente, con la subida del salario base, su retribución se verá incrementada por lo que no supondrá ninguna disminución o perjuicio para el trabajador.

En este sentido, los tribunales han venido permitiendo la absorción del plus o complemento voluntario en el salario base, pudiendo traerse a colación la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, de 21 de febrero de 2017. Dicha resolución establece que cuando el plus voluntario no tenga como objeto retribuir alguna circunstancia especial del trabajador o del trabajo que realiza, será homogéneo junto con el salario del trabajador y, por ende, será absorbible.

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Eduardo Castilla Baiget
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Socio de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
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