Respuesta de despacho:
19/05/2011 LEXA Abogados
Buenas tardes:
El convenio colectivo efectivamente no señala nada al respecto. En el estatuto de los trabajadores, establece en artículo 37.2 d) que por el ejercicio de un "deber inexcusable de carácter público" se tendrá derecho al permiso por el tiempo indispensable.
Se trata, pues, de valorar si asistir a la campaña electoral de un determinado partido político es un deber inexcusable de carácter público.
No hay muchas sentencias al respecto. No obstante, el Juzgado de lo Social nº 1 de Navarra, en sentencia de 22 de marzo de 2006, lo expresa así:
"En cuanto al objeto del permiso, y qué deberes inexcusables dan derecho al mismo, debe tratarse de deberes personales, que sólo pueden ser cumplidos por el trabajador por sí mismo y no procede la concesión del permiso retribuido si tal cumplimiento puede ser delegado en terceras personas a través de las figuras de representación o sustitución. Así, lo estableció el Tribunal Central de Trabajo en su Sentencia de 23 de marzo de 1984, según la cual «ha de estimarse como elemento condicionante, entre otros, para obtener el beneficio retributivo que dichos preceptos procuran, la necesaria ejecución del deber a que se refiere, de ostentar éste el carácter de público, por la propia persona a quien viniere impuesto, como lo son el votar, cumplir el servicio militar, comparecer como testigo o perito ante los órganos jurisdiccionales, etc., pero no cuando el cumplimiento de aquél, por su naturaleza permite se pueda efectuar por medio de representante o sustituto.
Concretamente en relación con la asistencia a juicio debe entenderse que constituye un deber inexcusable y personal la comparecencia como miembro de un jurado, la comparecencia como testigo, en el proceso penal artículos 410 y 707 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal o en el proceso laboral, o la comparecencia como parte si ha sido citada para la prueba de interrogatorio, ya que en caso de incomparecencia injustificada podrá ser tenido por confeso en la sentencia (artículo 91.2 de la Ley de Procedimiento Laboral). Por el contrario no tiene la consideración de deber personal e inexcusable la asistencia a juicio como demandante si no ha sido citado para la prueba de interrogatorio de parte".
Por ello, a nuestro juicio, la campaña electoral puede ser perfectamente delegable en terceros, y no constituye un deber inexcusable público o personal, razón por la que entendemos que no corresponde el permiso retribuido.
Esperamos haber resuelto su consulta.
Reciba un cordial saludo.