La trabajadora no tiene derecho a un permiso retribuido para acompañar a su marido a las sesiones de hospital de día de psiquiatría.
El Estatuto de los Trabajadores no contempla un permiso retribuido para acompañar a un familiar a consultas médicas, salvo que esté reconocido en el convenio colectivo aplicable.
Además, la jurisprudencia (entre otras, sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de 14 de julio de 2017) ha considerado que las obligaciones familiares pertenecen al ámbito privado y familiar, y no se consideran un deber de inexcusable cumplimiento que justifique un permiso retribuido.
Por tanto, en ausencia de una disposición específica en el convenio colectivo, la trabajadora tendría que compensar las horas de ausencia con días de asuntos propios, vacaciones o más horas de trabajo.