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Dos empleados pueden solicitar simultáneamente un permiso de 5 días por la hospitalización del mismo familiar, siempre que ambos cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores. Este artículo reconoce el derecho a un permiso retribuido en caso de hospitalización de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
La jurisprudencia ha confirmado que el permiso por hospitalización se concede de manera individual a cada trabajador que cumpla con los requisitos, sin que la coincidencia de parentesco con el mismo familiar hospitalizado limite este derecho. En ese sentido, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de fecha 27 de junio de 2025, establece que un convenio colectivo que limitaba el derecho al permiso por hospitalización, permitiendo la denegación del permiso a uno de los trabajadores en caso de ejercicio simultáneo de este derecho por dos o más personas, sin necesidad de motivar dicha decisión, es ilegal. El tribunal concluye que el convenio colectivo no puede restringir un derecho que está regulado en una norma superior, el Estatuto de los Trabajadores, y que no es legal empeorar las condiciones de este derecho mediante el convenio colectivo.
En consecuencia, los trabajadores tienen derecho a que no se limite el permiso a solo uno de ellos, aunque coincidan dos o más titulares del derecho.