Un trabajador desempeña un cargo público electo en un Ayuntamiento. Entiendo que tiene derecho hasta el 20% de su jornada laboral retribuida para dedicarla al desempeño del cargo público. En este caso, tal como se recoge en el art. 37 del ET la empresa tiene derecho a descontar de la nómina las asignaciones, indemnizaciones o dietas que perciba el trabajador por dicho desempeño. Mi consulta está relacionada con el tema de los justificantes. ¿Qué es lo que normalmente exigen las empresas en estos casos?
Para un trabajador que desempeña un cargo público electo en un ayuntamiento, la empresa puede exigir justificantes que acrediten la dedicación del tiempo al desempeño de dicho cargo. Normalmente, las empresas requieren que el trabajador presente documentación que demuestre su participación en las actividades relacionadas con el cargo público. Esto puede incluir actas de reuniones, convocatorias oficiales o cualquier otro documento que certifique la asistencia y participación en las funciones del cargo.
La exigencia de estos justificantes se alinea con la necesidad de justificar el uso del permiso retribuido, tal como se establece en el artículo 37.3 d) del Estatuto de los Trabajadores.