Para la realización de contratos formativos, ¿es necesario que existan vacantes en la empresa?

30/08/2023
Si una empresa quiere realizar contratos formativos sin que exista vacantes actuales en la empresa, aunque se producirán en un plazo de 15 días ¿Es necesario para realizar un contrato formativo la existencia de vacantes en la empresa?

Respuesta de abogado

No es necesario la existencia de vacantes en la empresa para realizar un contrato formativo.

El artículo 12.7 del Estatuto de los Trabajadores establece la obligación de informar a las personas con contrato formativo sobre la existencia de puestos de trabajo vacantes con el fin de garantizarles las mismas oportunidades que otros trabajadores.

Sin embargo, esto no quiere decir que deben existir vacantes en la empresa a la hora de celebrar un contrato formativo sino que, una vez celebrados dichos contratos y a lo largo de su vigencia, la empresa deberá informarles de las vacantes que se produzcan y a las que pueden acceder al finalizar su formación.

Somos abogados

Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Juncal Fernández
Juncal Fernández
Abogada laboralista
Noelia Vergara
Noelia Vergara
Abogada Laboralista
Nahir González
Nahir González
Abogada Laboralista

LexaGo Resuelve Consultas Laborales

Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.