El comité de empresa nos solicita la relación de las horas complementarias de los trabajadores a tiempo parcial, así como las horas extras para el personal de tiempo completo de forma mensual. ¿La empresa debe facilitar el total de horas de forma mensual?
La empresa debe facilitar esta información de forma mensual al comité de empresa, ya que los representantes legales de los trabajadores tienen derecho a conocer el pacto de horas complementarias y las horas extraordinarias realizadas. Esta obligación se deriva del deber de información establecido en el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores, que reconoce el derecho de los representantes de los trabajadores a recibir información sobre las condiciones de trabajo, incluyendo las horas complementarias y extraordinarias.
Cabe recordar que la empresa tiene la obligación de llevar un registro de jornada que incluya tanto las horas complementarias de los trabajadores a tiempo parcial como las horas extraordinarias del personal a tiempo completo. Este registro debe reflejar la jornada diaria y mensual de los trabajadores, permitiendo que el empleado pueda conocer el resumen de todas las horas realizadas cada mes.