En el caso de un trabajador de una micro pyme, menor de 30 años y con contrato en prácticas desde hace un año y medio, la empresa desea transformarlo en indefinido antes de cumplir los 2 años y beneficiarse de la bonificación de 1.500 euros. ¿Es posible bajo la regulación actual?
Entendemos que las bonificaciones del RDL 1/2023 son más beneficiosas que las que dispone el art. 3 de la Ley 3/2012 de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral (con la nueva regulación sería en torno a 4.950€ durante los tres años en total, frente a 1.500€ en total de la antigua regulación).
El Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas, en su exposición de motivos hace referencia a la contratación formativa y en prácticas y su transformación en contratos indefinidos. Asimismo, el art. 2 de este RDL, indica que las medidas podrán tener por objeto la contratación temporal y siempre limitada a incentivar el tránsito de las situaciones formativas en prácticas o mediante contrato laboral, en contratos indefinidos.
En este sentido, el artículo 25, por su parte, hace alusión a la bonificación de la contratación indefinida o la incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de las personas que desarrollen formación práctica en las empresas por parte de la empresa donde las realice, ya sea a la finalización o durante el desarrollo de la misma, dará derecho a una bonificación en la cotización, en los términos establecidos en el artículo 10, de 138 euros/mes durante un período máximo de tres años.