Sólo cuando el convenio prevea que en caso de coincidencia del período vacacional con el permiso de paternidad se disfruten vacaciones en fecha distinta, tendrá el trabajador derecho a disfrutar las vacaciones finalizado el permiso de paternidad.
El permiso de paternidad implica la suspensión temporal del contrato de trabajo, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.1 del Estatuto de los Trabajadores.
En principio, los Tribunales han venido afirmando que sólo en los casos en que el convenio de aplicación así lo prevea podrá disfrutarse las vacaciones en fecha distinta cuando estas coincidan con el período de paternidad. A modo de ejemplo, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 5 de octubre de 2010.