¿Los permisos retribuidos se computan por días o por horas?

20/02/2020

Tenemos dudas con respecto a permisos retribuidos:

- Persona que trabaja de lunes a jueves – jornada 10 horas diarias y solicita un permiso retribuido por ingreso de familiar. Entendemos que le corresponden 2 días (consecutivos, que coincidan con el ingreso….) independientemente de la jornada.

- Persona que realiza turnos rotatorios de mañana, tarde y noche. Solicita permiso por ingreso de familiar un día que tiene turno de noche. Ese turno comienza un día y acaba al siguiente, entendemos que le corresponden dos días consecutivos pero en la práctica es sólo un turno, noche.

Respuesta de LexaGo

Los permisos retribuidos se refieren a días, y no a jornada de trabajo o turno. De esta forma, al tratarse de dos días, no se tiene derecho a faltar a dos turnos de trabajo, sino que el permiso se disfrutará en dos días, independientemente de los turnos que haya comprendidos en ellos.

El Estatuto de los Trabajadores establece en su artículo 37.3 b) un permiso retribuido de 2 días para el caso ingreso hospitalario de familiares de hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Los Tribunales han establecido una serie de reglas claras (entre otras, Sentencia del Juzgado de lo Social nº3 de Navarra, de 16 de mayo de 2019):

Así, podemos afirmar que las reglas para aplicar los permisos son las siguientes:

  • Los permisos se disfrutan a partir de que suceda el hecho causante.

  • El cómputo debe iniciarse el día siguiente a aquel en que se produce el hecho causante. Sin embargo, cuando el mismo día del suceso, el trabajador ya se ausente del trabajo, el primer día del permiso será este.
  • El cómputo se realiza por días naturaleza. Una vez iniciado el permiso, ni puede interrumpirse, ni desplazarse su disfrute.

Todas estas reglas, podrán mejorarse por el Convenio. En síntesis, de las reglas que los Tribunales navarros consideran aplicables a los permisos, sacamos las siguientes conclusiones para vuestro caso:

En el primer caso corresponden 2 días completos, aunque el trabajador preste servicios 10 horas al día.

En el segundo caso:

- El trabajador, en primer lugar, disfrutará de 2 días continuados, es decir, si le ingresan al familiar el lunes, los días de permiso se corresponderán con el lunes y el martes, teniendo derecho a dejar de trabajar sin perder el derecho a retribución en la jornada de trabajo que se comprenda entre esos dos días.

- Si produciéndose la hospitalización el lunes, el trabajador ya hubiera trabajado, el permiso, comenzaría a computar el martes, y tendría derecho a un permiso, el martes y el miércoles.

- Sea cual sea la situación, lo cierto es que, en vuestro caso, el trabajador tendrá derecho a permiso retribuido de la siguiente forma:

El primer día del permiso de 22:00 a 24:00 horas. El segundo día del permiso, de 24:00 a 6:00 horas, y de 22:00 a 24:00 horas. Sin embargo, el trabajador dejaría de tener derecho al permiso, el tercer día a partir de las 24:00 horas. No obstante, por favorecer al trabajador de tal forma que tras dos días atendiendo a un familiar hospitalizado para que no tenga que acudir a trabajar a las 24:00 horas de la noche, podréis permitir que no acuda a su puesto, y que recupere esas 6 horas (comprendidas de 24:00 a 6:00 horas), a las que ya no alcanzaría el permiso retribuido.

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Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
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