¿Cuál es el límite máximo para la realización de contratos de puesta a disposición?

17/04/2013

En el caso de que la empresa decida realizar contratos directamente al personal y en otros momentos a través de ETT ¿el período máximo de 18 meses para la realización de contratos temporales se incrementa?

Respuesta de LexaGo

Los límites de duración aplicables a los contratos de puesta a disposición son los establecidos en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores o la duración señalada en el convenio, siempre que no sean realizados en fraude de ley.

Para que un contrato con una ETT se convierta indefinido no es necesario un tiempo mínimo, cuando dichos contratos se realizan en fraude de ley. En este sentido, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco, de 28 diciembre de 2007.

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Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Blanca Bazal
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