Un trabajador de la empresa nos ha comunicado que su padre falleció ayer martes y que le corresponden 3 días de permiso (miércoles, jueves y viernes), ya que el día del fallecimiento trabajó. El convenio establece que desde el hecho causante les corresponde 3 días naturales. Mi duda es si le cuento el día de fallecimiento como primer día de permiso (aunque lo trabajase a la mañana porque el fallecimiento se produjo a la tarde) o le empiezo a contar los días de permiso a partir del miércoles que sería el primer día que falta al trabajo.
El trabajador tendrá tres días de permiso retribuido por fallecimiento de un familiar, iniciándose al día siguiente en que se produce el hecho causante.
En este mismo sentido se han pronunciado los Juzgados de lo Social de Navarra, estableciendo las siguientes pautas de interpretación de los permisos retribuidos, recogidos en la Sentencia del Juzgado de lo Social nº3 de Navarra, de 16 de mayo de 2019: