¿Cuándo comienza el disfrute del permiso retribuido por fallecimiento de familiar?

30/09/2020

Un trabajador de la empresa nos ha comunicado que su padre falleció ayer martes y que le corresponden 3 días de permiso (miércoles, jueves y viernes), ya que el día del fallecimiento trabajó. El convenio establece que desde el hecho causante les corresponde 3 días naturales. Mi duda es si le cuento el día de fallecimiento como primer día de permiso (aunque lo trabajase a la mañana porque el fallecimiento se produjo a la tarde) o le empiezo a contar los días de permiso a partir del miércoles que sería el primer día que falta al trabajo.

Respuesta de LexaGo

El trabajador tendrá tres días de permiso retribuido por fallecimiento de un familiar, iniciándose al día siguiente en que se produce el hecho causante.

En este mismo sentido se han pronunciado los Juzgados de lo Social de Navarra, estableciendo las siguientes pautas de interpretación de los permisos retribuidos, recogidos en la Sentencia del Juzgado de lo Social nº3 de Navarra, de 16 de mayo de 2019:

  • Los permisos se disfrutan a partir de que suceda el hecho causante.
  • El cómputo debe iniciarse el día siguiente a aquel en que se produce el hecho causante.
  • Sin embargo, cuando el mismo día del suceso, el trabajador ya se ausente del trabajo, el primer día del permiso será este.
  • El cómputo se realiza por días naturales.
  • Una vez iniciado el permiso, ni puede interrumpirse, ni desplazarse su disfrute.
  • Todas estas reglas, podrán mejorarse por el Convenio.

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Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Juncal Fernández
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